En el BOE de ayer se publica Real Decreto 892/2013, de 15 de noviembre, por el que se regula el Registro Público Concursal.
El Registro Público Concursal asegurará la difusión, coordinación y publicidad de las actas, anuncios y resoluciones procesales dictadas al amparo de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sobre los acuerdos extrajudiciales, procedimiento de homologación y de los asientos registrales derivados de los mismos.
La entrada en vigor será a los tres meses de la publicación.
Veremos cómo afecta al trabajo en las oficinas judiciales, en la actualidad ya se publicaban todas las resoluciones y actuaciones realizadas en el concurso, unas se anotaban el BOE y otras en el Registro Mercantil. Esto se trata de otro acceso a una base de datos que tendrán que hacer los funcionarios de la Administración de Justicia.
La publicidad se encomienda al Colegio de Registradores de la Propiedad Mercantiles y de Bienes Muebles de España, que la realizará a sus expensas y bajo la dependencia del Ministerio de Justicia.
No aclara si se cobra o no se cobra.
Otra imposición más del Sr. Gallardón, que pese a parece que afecta a las condiciones de los trabajadores de Justicia no ha negociado nada con las organizaciones sindicales.
UGT ha solicitado por escrito información sobre la aplicación de este Real Decreto, de como va afectar por un lado a los trabajadores de la Administración de Justicia, como a los usuarios de la administración si se va tener costes para ellos.
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