Aprobado en Consejo de Ministros, el proyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el cual pivota sobre los siguientes cuatro ejes:
· Fomentar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en los trámites con la Administración de Justicia.
· Se mejorará la regulación del juicio verbal.
· En los procesos monitorios, el juez podrá verificar la existencia de cláusulas abusivas en los contratos.
· Se acorta el plazo de prescripción de las acciones personales.
IMPLANTACIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN. Hacia una Administración de Justicia digital:
Posibilidad de que determinados colectivos resulten obligados a utilizar medios electrónicos en la realización de los actos de comunicación.
Los datos de correo electrónico y de número de teléfono podrán ser utilizados para la localización del demandado.
Se podrá informar mediante aviso por SMS al teléfono móvil de la persona interesada de que se le ha de practicar una notificación.
En cuanto a la presentación de escritos y documentos, a partir del 1 de enero de 2016, tanto los profesionales, como los órganos judiciales, estarán también obligados a emplear los medios electrónicos existentes en la Administración de Justicia para realizar esta actividad.