miércoles, 12 de noviembre de 2014

Cataluña. Concurso específico cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.

Hoy se ha publicado en el BOE la Resolución de 10 de noviembre de 2014, del Departamento de Justicia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo en la oficina judicial en Cornellà de Llobregat. 
Podrán participar en exclusiva y por una sola vez los funcionarios del cuerpo de gestión procesal y administrativa que se encuentren en situación de servicio activo con destino definitivo o con reserva de puesto de trabajo en los órganos judiciales de Cornellà de Llobregat.
Es preciso poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente, del nivel que se señala en el apartado 3 del anexo 2, de acuerdo con lo que se determina en la relación de puestos de trabajo.
La solicitud para tomar parte en este concurso debe formalizarse según el modelo que figura en el anexo 3 de esta convocatoria y presentarse en el plazo de cinco días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación.
Se adjunta enlace al BOE.

Secretarios Judiciales. Admitidos y excluidos y fecha primer ejercicio p.interna.

Hoy se ha publicado en el BOE la Orden JUS/2106/2014, de 3 de noviembre, por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos al proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Teneis diez días hábiles para subsanar defectos y se convoca a los aspirantes admitidos en el turno de promoción interna, a la REALIZACION DEL PRIMER EJERCICIO DE LA FASE DE OPOSICION, EL DIA 21 DE FEBRERO DE 2015, a las 10,00 HORAS.

Enlace al BOE

miércoles, 5 de noviembre de 2014

Primera mesa Administración de Justicia con el nuevo equipo ministerial.

ANTEPROYECTO LOPJ:

El preacuerdo firmado por UGT en el mes de julio, junto a CSIF y STAJ ha sido ratificado por el Ministro, Sr. Catalá. El Ministro, sí nos ha manifestado que la integridad del anteproyecto no va a salir adelante, pero que va a mantener el compromiso que la Dirección General de la Administración de Justicia firmó con UGT, por el cual se eliminaban la desaparición de los partidos judiciales, se creaba el Tribunal Provincial de Instancia, mantenía los Juzgados de Paz y las Agrupaciones de Secretaría de Juzgados de Paz, y se suprimía una movilidad geográfica y funcional sin precedentes para los funcionarios de esta Administración. Pero además, como ya os hemos informado repetidas veces, mantenía otras mejoras para los distintos Cuerpos de la Administración de Justicia que van a permanecer y llevarse adelante a través de la modificación de la LOPJ actual.
Desde el Sindicato de Justicia de la FSP-UGT nos alegramos de esta buena decisión tomada por el Ministro, pues ha sabido reconocer el esfuerzo realizado por esta organización sindical por el bien de los trabajadores de la Administración de Justicia, único fin por el que este Sindicato trabaja.
Ahora ante la decisión del Sr. Catalá de introducir alguna mejora más en los Libros V y VI de la LOPJ, el Sindicato de Justicia de la FSP-UGT seguirá luchando y esforzándose por obtener los mejores resultados para el colectivo de Justicia y reiterará todos aquellas propuestas de mejora de nuestras condiciones laborales y retributivas que hicimos en la negociación del anteproyecto de LOPJ.

REGISTRO CIVIL:
En cuanto al Registro Civil, no tenemos buenas noticias, pues el Ministro sigue empecinado en llevar adelante su privatización, y defiende que no se trata de una privatización, al considerar que los Registradores Mercantiles son funcionarios públicos.
El Sindicato de Justicia de la FSP-UGT le ha vuelto a mostrar nuestra oposición rotunda a este proyecto, y le hemos manifestado que hasta el momento en que se produzca su salida de la Administración de Justicia seguiremos luchando por su permanencia en nuestra Administración con todas las acciones a nuestro alcance.
UGT le ha pedido al Ministro que deseche su proyecto privatizador, pues el Registro Civil cohesiona el Estado en cada municipio de este país.
Además, el Sindicato de Justicia de la FSP-UGT le ha manifestado nuestra preocupación por los problemas que va a plantear a los ciudadanos la demarcación registral, al concentrar la oficinas en las capitales de provincia, ¿qué servicio público se va a dar entonces a los ciudadanos? Es imposible tal cual. Por lo tanto, tendrán que recurrir a las Oficinas de Paz (actualmente juzgados de paz) para dar cobertura al mundo rural. ¿Entonces qué clase de privatización es está? teniendo que recurrir a un servicio público para poder dar una cobertura integral.
Para UGT, esto es una auténtica chapuza y por tanto, no tiene razón de ser.

martes, 4 de noviembre de 2014

Publicación BOE adjudicaciones defitinivas Concurso Traslados 2014.

Hoy se ha publicado en el BOE Orden JUS/2050/2014, de 20 de octubre, con los destinos que con carácter definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado en el concurso de traslados 2014.

CESES:
El cuerpo de Tramitación procesal y Administrativa: el próximo 11 de noviembre
El Cuerpo de Auxilio Judicial: el próximo 17 de noviembre
El Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: el próximo 17 de noviembre

PLAZO TOMA DE POSESIÓN NUEVOS DESTINOS:

Nueva vez realizado el cese la toma de posesión se producirá:
en los tres días naturales siguientes al cese, si no hay cambio de localidad del funcionario, 
o en los ocho días naturales siguientes si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma, 
y veinte días naturales si implica cambio de Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, ed
El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso.

Aquí teneis los enlaces a los distintos ámbitos territoriales.


País Vasco


Cataluña


Galicia


Andalucía


Asturias


Cantabria


la Rioja


Valencia


Aragón


Canarias


Navarra


Comunidad de Madrid

lunes, 3 de noviembre de 2014

Propaganda y ficción. El Gobierno crea 282 plazas judiciales que ya existen.


El Gobierno, con un cinismo digno de los dioses,  anunció la semana pasada, a bombo y platillo,  la creación de “300 nuevas plazas de jueces” para acabar con la corrupción. El pasado sábado, día 1, el BOE publicaba el Real Decreto 918/2014, de 31 de octubre, por el que se crean 112 plazas de magistrado en órganos colegiados, 167 plazas de juez de adscripción territorial y se crean y constituyen tres juzgados de lo penal para adecuar la planta judicial a las necesidades existentes.
Las 300 dichas se han quedado en 282 escritas. Pero ojo, las plazas no son de nueva creación, sino que lo que hace el Real Decreto es regularizar las situación de plazas de jueces que llevan tiempo incorporados (desde las últimas oposiciones), es decir que ya están trabajando, en la situación irregular de expectativa de destino,   sustituyendo o reforzando otros juzgados o tribunales, con la particularidad añadida de que la gran mayoría de las plazas no pertenecen a la jurisdicción penal. Por lo tanto no se crean nuevos juzgados, a excepción de 3 juzgados de lo penal, uno por cada población,  en Huesca, Palma de Mallorca y Tortosa (como si en Andalucía no fueran urgentemente necesarios).  El Real Decreto  publicado lo dice muy claro:

Colgadas bolsas de seguimiento nombramientos y ceses de interinos.

Tras llevarse a cabo la constitución de la comisión de seguimiento de las bolsas de interinos, hemos conseguido que en la página web del Principado cuelguen los nombramientos y ceses de personal interino de la Administración de Justicia. Se encuentra ubicado en idéntico sitio que recoge el histórico de las Bolsas actuales de Justicia.
De todas formas, aquí teneis el enlace a la página

L.O. 6/2014 de 29 de Octubre que modifica la LOPJ.

El pasado día 30 se ha publicado en el BOE la Ley Orgánica 6/2014, de 29 de octubre, complementaria de la Ley de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial en los siguientes artículos:

Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Se modifican los artículos 65, 87, 87 ter, 88, 89 bis, 94, 96 y 97 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que quedan redactados como sigue:

Uno. Se modifica el numeral 4.º del artículo 65:
«4.º De los recursos respecto a los instrumentos de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea que les atribuya la ley, y la resolución de los procedimientos judiciales de extradición pasiva, sea cual fuere el lugar de residencia o en que hubiese tenido lugar la detención del afectado por el procedimiento.»

Dos. Se modifica la redacción de la letra g) del apartado 1 del artículo 87:
«g) De la emisión y la ejecución de los instrumentos de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea que les atribuya la ley.»